En el Hogar San Antonio de la Parroquia de
Barichara, se considera de gran importancia el Manual de Convivencia, por lo
cual se transcriben algunos apartes del mismo que constituyen un aporte
positivo para mantener el óptimo funcionamiento institucional.
“Objetivo
General del Manual:
Regular la organización y el funcionamiento
del Hogar San Antonio de la Parroquia de Barichara, mediante una guía de acción
y convivencia y la definición y establecimiento de derechos, deberes, reglas y
acuerdos que favorezcan el bienestar y el pleno desarrollo de las personas que
integran la Institución.”
“Objetivos
Específicos del Manual:
2.2.1 Promover un ambiente adecuado para la
convivencia, el respeto y el bienestar
general de las personas dentro del Hogar.
2.2.2 Fomentar el desarrollo de valores y
principios espirituales y sociales en aras de afianzar y fortalecer las
relaciones entre los miembros de la Institución.
2.2.3
Establecer los procedimientos y
aplicar las normas que apunten al
logro de los objetivos propuestos por la Institución.
2.2.4
Propiciar diferentes mecanismos de convivencia pacífica y democrática, a
través de los cuales la opinión de cada
una de las personas que hacen parte del
Hogar, sea valorada y respetada por los demás.
2.2.5
Incentivar la participación de los distintos estamentos que hacen parte
de la Institución, en las diferentes actividades que se realicen en la misma.
2.2.6
Propiciar el sentido de identidad y pertenencia con la institución.
2.2.7
Favorecer el crecimiento personal y armónico de la población atendida en
el Hogar.
2.2.8
Promover mecanismos de comunicación que permitan abordar los conflictos
que surjan, de una manera racional, tolerante
y pacífica.
2.2.9
Garantizar los derechos de los Adultos Mayores y demás personas que
están en la Institución, buscando que la solución de conflictos se haga a
través de mecanismos como la concertación, el diálogo y la conciliación.
2.2.10 Atender las necesidades fundamentales
de afecto, comunicación, participación, integración y mejoramiento de la
calidad de vida de los residentes del Hogar.
2.2.11 Contribuir al desarrollo integral del
recurso humano que presta sus servicios en la Institución, con la programación
de actividades de capacitación e integración, entre otras.”
“DEL INGRESO DE LOS RESIDENTES
Para la admisión de los Adultos Mayores en el
Hogar San Antonio de la Parroquia de Barichara, es necesario tener en cuenta
los siguientes requisitos:
1.
Ser
mayor de 60 años.
2.
Preferencialmente
oriundo de Barichara y de la Provincia Guanentina, en su orden, para el
servicio de Sala General.
3.
Estar
desprotegido del cuidado familiar directo para el ingreso a Sala General,
previa comprobación mediante la visita al lugar donde reside el solicitante, de
la Trabajadora Social o de quien haga sus veces en el Hogar San Antonio.
4.
Ingresar
como adultos mayores aportantes en calidad de pensionados, provenientes de
Barichara, de la Provincia Guanentina, del Departamento de Santander, o del
resto del país en su orden, teniendo en cuenta que el número de pensionados no
supere el 45% del cupo total de residentes.
5.
No
padecer enfermedades infecto-contagiosas ni mentales, ni presentar adicciones
al alcohol, al tabaquismo ni a los alucinógenos que le impidan vivir en
comunidad.
6.
El
ingreso debe ser voluntario y los familiares o acudientes, deberán firmar el
Acuerdo de Compromiso establecido por el Hogar San Antonio, para comprometerse
a responder por el residente tanto de Sala General como pensionado.
7.
Contar
con el V°B° de la Junta Directiva del Hogar, para el ingreso del adulto mayor.
8.
Llenar
el formulario de ingreso, con toda la información que se le requiera.
9.
Responder
al estudio socio-económico realizado por el empleado competente (Trabajador
Social o quien haga sus veces), con base en el cual se le asignará el valor
mensual a pagar por los servicios que presta el Hogar, suma que deberá
cancelarse por anticipado a partir del momento en que sea aceptado el Adulto
Mayor y en adelante dentro de los primeros cinco (5) días calendario de cada
mes.
10. Presentar historia
clínica con evaluación reciente del médico o especialista del SISBEN, EPS o
entidad encargada de prestar el servicio de salud correspondiente y realizarse
los exámenes que solicite la Institución.
En caso de ser aceptado, el adulto mayor firmará la ficha de ingreso donde
conste que está obrando voluntariamente, sin coacción alguna, manifestando
además su conformidad de ingresar al programa de institucionalización,
aceptando que su estancia en la institución y en el programa está condicionada
a su buena conducta y comprometiéndose a
cumplir las disposiciones del presente
Manual.
Si la solicitud de ingreso la realiza un familiar y/o acudiente, éste deberá tener
en cuenta que el ingreso es voluntario y
no debe ser impuesto por la familia, así como
comprometerse a asumir totalmente las responsabilidades que como grupo
familiar deben cumplir: visitas mínimo una (1) vez al mes, suministro mensual
de los elementos de aseo personal y de los medicamentos que se formulen y la
EPS no le suministre; el acompañamiento a las citas médicas y demás diligencias
relacionadas con la atención en salud y el pago cumplidamente de las mensualidades. Igualmente, debe brindar información veraz del solicitante sobre el
estado físico, mental y emocional, entre otros. En caso de que los familiares
no puedan acompañar al residente a las citas médicas y demás procedimientos que
le sean ordenados por el médico tratante, será necesario un acuerdo previo con
la Administración del Hogar y el compromiso del pago de las cuotas
moderadoras, el transporte y demás gastos que se ocasionen en cada oportunidad
que sea necesario movilizar al residente. En caso de hospitalización del
residente, la familia deberá prestar la atención integral y el acompañamiento
permanente durante su estadía en la institución hospitalaria. Además, los
familiares están obligados a acudir de inmediato a los llamados que se les hagan
por parte del personal administrativo de la Institución. De incumplirse las
condiciones relacionadas y las cuales estarán consignadas integralmente en el
Acuerdo de Intención, la familia o
acudiente asumirá la responsabilidad de retirar a su pariente de la Institución.
Al momento de ingresar se le hará al
residente un inventario de pertenencias y se socializará el presente Manual de
Convivencia con el propio residente y su grupo familiar. El período de
adaptación de los adultos mayores a su nuevo ambiente, tanto de Sala General
como Pensionados, será de cuarenta y cinco (45) días y al finalizar dicho
término se realizará un proceso de valoración minuciosa de su adaptación; en el
caso en que no se logre dicho propósito,
el residente será entregado a su familia, previa sustentación de su estado y
condiciones por parte de los profesionales competentes que hayan efectuado la
valoración (médico, gerontólogo, psicólogo, entre otros).”