Manual de Convivencia


En el Hogar San Antonio de la Parroquia de Barichara, se considera de gran importancia el Manual de Convivencia, por lo cual se transcriben algunos apartes del mismo que constituyen un aporte positivo para mantener el óptimo funcionamiento institucional.

“Objetivo General del Manual:

Regular la organización y el funcionamiento del Hogar San Antonio de la Parroquia de Barichara, mediante una guía de acción y convivencia y la definición y establecimiento de derechos, deberes, reglas y acuerdos que favorezcan el bienestar y el pleno desarrollo de las personas que integran la Institución.”

“Objetivos Específicos del Manual:

2.2.1 Promover un ambiente adecuado para la convivencia, el respeto y el bienestar       general de las personas dentro del Hogar.
2.2.2 Fomentar el desarrollo de valores y principios espirituales y sociales en aras de afianzar y fortalecer las relaciones entre los miembros de la Institución.
2.2.3  Establecer  los procedimientos y aplicar las normas que    apunten al logro de los objetivos propuestos por la Institución.
2.2.4  Propiciar diferentes mecanismos de convivencia pacífica y democrática, a través de  los cuales la opinión de cada una de las personas que  hacen parte del Hogar, sea valorada y respetada por los demás.
2.2.5  Incentivar la participación de los distintos estamentos que hacen parte de la Institución, en las diferentes actividades que se realicen en la misma.
2.2.6  Propiciar el sentido de identidad y pertenencia con la institución.
2.2.7  Favorecer el crecimiento personal y armónico de la población atendida en el Hogar.
2.2.8  Promover mecanismos de comunicación que permitan abordar los conflictos que surjan, de una manera racional, tolerante  y pacífica.
2.2.9  Garantizar los derechos de los Adultos Mayores y demás personas que están en la Institución, buscando que la solución de conflictos se haga a través de mecanismos como la concertación, el diálogo y la conciliación.
2.2.10 Atender las necesidades fundamentales de afecto, comunicación, participación, integración y mejoramiento de la calidad de vida de los residentes del Hogar.
2.2.11 Contribuir al desarrollo integral del recurso humano que presta sus servicios en la Institución, con la programación de actividades de capacitación e integración, entre otras.”


DEL INGRESO DE LOS RESIDENTES

Para la admisión de los Adultos Mayores en el Hogar San Antonio de la Parroquia de Barichara, es necesario tener en cuenta los siguientes requisitos:

1.    Ser mayor de 60 años.
2.    Preferencialmente oriundo de Barichara y de la Provincia Guanentina, en su orden, para el servicio de Sala General.
3.    Estar desprotegido del cuidado familiar directo para el ingreso a Sala General, previa comprobación mediante la visita al lugar donde reside el solicitante, de la Trabajadora Social o de quien haga sus veces en el Hogar San Antonio.
4.    Ingresar como adultos mayores aportantes en calidad de pensionados, provenientes de Barichara, de la Provincia Guanentina, del Departamento de Santander, o del resto del país en su orden, teniendo en cuenta que el número de pensionados no supere el 45% del cupo total de residentes.
5.    No padecer enfermedades infecto-contagiosas ni mentales, ni presentar adicciones al alcohol, al tabaquismo ni a los alucinógenos que le impidan vivir en comunidad.
6.    El ingreso debe ser voluntario y los familiares o acudientes, deberán firmar el Acuerdo de Compromiso establecido por el Hogar San Antonio, para comprometerse a responder por el residente tanto de Sala General como pensionado.
7.    Contar con el V°B° de la Junta Directiva del Hogar, para el ingreso del adulto mayor.
8.    Llenar el formulario de ingreso, con toda la información que se le  requiera.
9.    Responder al estudio socio-económico realizado por el empleado competente (Trabajador Social o quien haga sus veces), con base en el cual se le asignará el valor mensual a pagar por los servicios que presta el Hogar, suma que deberá cancelarse por anticipado a partir del momento en que sea aceptado el Adulto Mayor y en adelante dentro de los primeros cinco (5) días calendario de cada mes.
10. Presentar historia clínica con evaluación reciente del médico o especialista del SISBEN, EPS o entidad encargada de prestar el servicio de salud correspondiente y realizarse los exámenes que solicite la Institución.

En caso de ser aceptado, el adulto mayor firmará la ficha de ingreso donde conste que está obrando voluntariamente, sin coacción alguna, manifestando además su conformidad de ingresar al programa de institucionalización, aceptando que su estancia en la institución y en el programa está condicionada a su buena conducta y  comprometiéndose a cumplir las disposiciones del  presente Manual.

Si la solicitud de ingreso la realiza  un familiar y/o acudiente, éste deberá tener en cuenta que el ingreso  es voluntario y no debe ser impuesto por la familia, así como  comprometerse a asumir totalmente las responsabilidades que como grupo familiar deben cumplir: visitas mínimo una (1) vez al mes, suministro mensual de los elementos de aseo personal y de los medicamentos que se formulen y la EPS no le suministre; el acompañamiento a las citas médicas y demás diligencias relacionadas con la atención en salud y el pago cumplidamente de  las mensualidades. Igualmente, debe brindar información veraz del solicitante sobre el estado físico, mental y emocional, entre otros. En caso de que los familiares no puedan acompañar al residente a las citas médicas y demás procedimientos que le sean ordenados por el médico tratante, será necesario un acuerdo previo con la Administración del Hogar  y el compromiso del pago de las cuotas moderadoras, el transporte y demás gastos que se ocasionen en cada oportunidad que sea necesario movilizar al residente. En caso de hospitalización del residente, la familia deberá prestar la atención integral y el acompañamiento permanente durante su estadía en la institución hospitalaria. Además, los familiares están obligados a acudir de inmediato a los llamados que se les hagan por parte del personal administrativo de la Institución. De incumplirse las condiciones relacionadas y las cuales estarán consignadas integralmente en el Acuerdo de Intención,  la familia o acudiente asumirá la responsabilidad de retirar a  su pariente de la Institución.

Al momento de ingresar se le hará al residente un inventario de pertenencias y se socializará el presente Manual de Convivencia con el propio residente y su grupo familiar. El período de adaptación de los adultos mayores a su nuevo ambiente, tanto de Sala General como Pensionados, será de cuarenta y cinco (45) días y al finalizar dicho término se realizará un proceso de valoración minuciosa de su adaptación; en el caso en que no se  logre dicho propósito, el residente será entregado a su familia, previa sustentación de su estado y condiciones por parte de los profesionales competentes que hayan efectuado la valoración (médico, gerontólogo, psicólogo, entre otros).”